lunes, 27 de mayo de 2013



El matrimonio en la Antigua Roma 

Para cualquier romano normal el pragmatismo era parte de su forma de pensar,de manera que el matrimonio no se escapaba de esta costumbre utilitarista.Los romanos, institucionalmente monógamos, concibieron las relaciones sexuales continuadas,con voluntad de convivencia y de vida en común, como un contrato, ya no entre dos personas, sino entre dos familias.Para empezar, en el derecho romano clásico, para contraer matrimonio era necesario que ambos contrayentes ostentaran la ciudadanía romana. Esto es, que gozaran no sólo del status libertatis sino también del status civitatis (que fueran libres y además,ciudadanos)-Debían también tener la madurez sexual suficiente,usualmente, los hombres se consideraban aptos para casarse a los catorce años y las mujeres a los doce.El casamiento de dos jóvenes dependía casi exclusivamente de los padres; pocas veces se tenían en cuenta las inclinaciones de los interesados.Antiguamente los desposados ya quedaban obligados a la fidelidad recíproca. Ante la ley,solo los ciudadanos romanos tenían derecho a contraer matrimonio. La tradición conservó el recuerdo de tiempos en los que los patricios no podían casarse con una plebeya.
Dos formas de matrimonio que estuvieron en vigor:
Hubo dos formas de matrimonio que estuvieron sucesivamente en vigor:
·  Matrimonio cum manu: la mujer pasaba a formar parte de la familia de su marido y estaba sujeta a su poder marital.Podía realizarse esta unión de tres maneras:
Confarreatio: forma sacra de contraer matrimonio. 
 - Coemptio: forma más usual y práctica
- Usus: cuando los esposos cohabitaban interrumpidamente durante un año 
·  Libre: en él, la esposa continuaba perteneciendo a la familia paterna y conservando los derechos sucesorios de su familia de origen. A pesar de la facilidad de disolución de este matrimonio

miércoles, 22 de mayo de 2013

Clasificación de la familia romana





CLASIFICACIÓN:


·Familia agnaticia

Se entendía por familia agnaticia al conjunto de personas bajo el mismo poder doméstico. Así, por ejemplo forman parte de la familia agnaticia de un individuo bajo el poder de su abuelo (avus): su padre (pater), su tío paterno (patruus), su hermano (frates), su hijo (filius) y su primer hijo de su tío paterno (patruelis) así como el hijo de éste (nepos ex patruelis) o su propio nieto (nepos), así mismo todos los varones adoptados por el pater familias.




· Familia cognaticia 

Se entendía por familia cognaticia al parentesco por consanguinidad natural. Es decir, las personas vinculadas por la procreación y el nacimiento.Se compone de un tronco común y dos líneas:
• Línea recta: Aquellos que descienden unos de otros. Puede ser ascendente o descendente. Por ejemplo: padre, hijo, nieto, bisnieto, etc.
• Línea colateral: Aquellos que no descienden unos de otros pero tienen un tronco común. Por ejemplo: hermanos.
En el ejemplo,formarían parte de la familia cognaticia del individuo señalado todos los anteriores señalados además de la abuela (avia), la madre (mater), la hija (filia), la hermana (soror), la tía paterna (amita), el tío materno (avunculus), la tía materna (matertera), la hija del tío paterno (soror patruelis), el hijo y la hija de la tía paterna (amitinus y amitina), el hijo y la hija del tío materno (matruelis), el hijo y la hija de la tía materna (consobrinus y consobrina), y sus descendientes.


·Familia gentilicia

Se entendía por familia gentilicia el conjunto de personas que tenían en común la misma base que la familia agnaticia, es decir, la gens. Sin embargo, se consideran gradosmás lejanos, con la condición de que los involucrados se sientan parientes.







A FAMILIA ROMANA.

La familia romana era una institución de la Antigua Roma, presente en el ámbito social y jurídico, compuesta por todos los que vivían bajo la autoridad del cabeza de familia, incluido los esclavos. Familia es una palabra emparentada con famuli ("los criados") y por lo tanto, los comprende a ellos también. En el derecho romano se tenían cuatro acepciones para la  familia: agnaticia, cognaticia, gentilicia y por afinidad. Era realmente la célula básica de la sociedad romana.

El pater familias era el hombre romano que no dependía de nadie (sui iuris) y de quien dependían los demás (alieni iuris). No importaba que estuviese soltero o casado, ni su edad. La mujer nunca podía ser cabeza de familia.
La patria potestas de un cabeza de familia romano le permitía disponer de la vida de cualquier miembro familiar, darle muerte e incluso venderle. Podía también abandonar legalmente a un hijo nacido de su mujer o reconocerlo. Podía incluso prohijar hijos de otros, así como concertar casamientos de los hijos. Realmente, es él quien forma la familia romana.
Como jefe de familia es también el sacerdote de la religión familiar y el juez en los conflictos entre familiares, pero para esto último tiene que contar con el asesoramiento de un consejo familiar.